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viernes, 14 de enero de 2011

FUNCIONARIAS DEL PRI PROTEGEN A ASESINOS DE MUJERES

EVITAN DECLARAR ALERTA DE GÉNERO POR FEMINICIDIOS EN EL ESTADO DE MÉXICO

• La violencia feminicida no es un asunto prioritario para algunos estados del país: el mensaje
• La Procuraduría del Estado de México reportó 4773 denuncias por violación en año y medio, y 922 homicidios dolosos contra mujeres cometidos entre enero de 2005 y agosto de 2010

Ciudad de México, 11 de enero de 2011

Con 20 votos en contra, 11 a favor y 2 abstenciones, el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia determinó declarar improcedente la solicitud de alerta por violencia de género en el Estado de México por los casos de feminicidio.

Esta determinación - se realizó ignorando todos los Instrumentos internacionales de Derechos Humanos de las Mujeres y convenciones que nuestro país ha signado en la materia, asimismo se quebranta la obligación de los todos los Mecanismos para el Adelanto de las Mujeres en este país de defender y promover los derechos humanos de las mujeres y niñas.

Con esta decisión se demuestra que las violaciones graves a los derechos humanos de las mujeres en nuestro país, no son un tema prioritario para la mayoría de las entidades del País, quienes protegen los intereses políticos de sus gobernantes lejos de establecer acciones urgentes de prevención de la violencia contra las mujeres y niñas..

En la solicitud de Alerta de Género formulada por el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio y la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos; se sustentó con información oficial del propio Estado de México (Procuraduría General de Justicia del Estado, Comisión de Derechos Humanos del Estado, entre otros) que demuestra que existen alarmantes niveles de violencia contra las mujeres, un patrón sistemático de violencia feminicida y un contexto de impunidad en estos casos.

Entre los alarmantes datos que se destacaron para sustentar la petición, se encuentran los proporcionados por la propia Procuraduría del Estado de México que reportó 4773 denuncias por violación en año y medio, y 922 homicidios dolosos contra mujeres cometidos entre enero de 2005 y agosto de 2010. De los 922 homicidios dolosos de mujeres, destaca que las autoridades ignoran o desconocen quién es el homicida en el 56.72% de los crímenes y sólo en los casos donde el asesinato fue cometido por una persona conocida (pareja, familiar o vecino), la autoridad conoce la identidad del victimario (35.47%), contrario a esta información, las autoridades han pretendido reducir la problemática del feminicidio al ámbito familiar.


La violencia feminicida documentada por los organismos mencionados se refiere a los 10 municipios más poblados siendo estos: Ecatepec, Netzahualcóyotl, Tlalnepantla, Toluca, Chimalhuacán, Naucalpan, Tultitlan, Ixtapaluca, Valle de Chalco y Cuautitlán Izcalli.

Cabe mencionar, además, que en el Cuarto Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos de los Migrantes en Tránsito por México, el Estado de México es una de las tres entidades del país con los niveles más altos de violencia contra este grupo.

A pesar de los argumentos sólidos y contundentes a favor de la declaración de alerta de género, la votación en la que participaron las Representantes de los mecanismos para el adelanto de las mujeres de las entidades federativas, determinaron que la declaratoria era improcedente.

Quienes se opusieron irracional e intransigentemente a la aprobación de la investigación preliminar a la declaratoria de alerta refirieron una supuesta falta de certeza de las estadísticas expuestas, manipulación de intereses partidistas, la utilización de las mujeres como un pretexto para atacar al Gobernador del Estado y una clara politización como trasfondo de este asunto.

La representante del Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social del Estado de México, Lorena Cruz Sánchez y la asesora jurídica de la entidad, lejos de argumentar razones de fondo, se concretaron a desacreditar las actuaciones de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, señalando que las acciones fueron sesgadas, pues la notificación sobre la solicitud de alerta fue realizada en días inhábiles y sin que se haya realizado una investigación a fondo sobre los señalamientos referidos por las organizaciones sociales. Tales argumentos carecen de lógica jurídica y legitimidad.

Por su parte la Directora General del Instituto de las Mujeres de la Ciudad de México, Martha Lucía Mícher Camarena, defendió la procedencia de la solicitud presentada y aclaró que esta figura no es un enjuiciamiento para el Estado de México ni para su gobernador, puesto que se trata de un procedimiento administrativo preventivo y de investigación que busca inicialmente conformar un grupo de expertos y expertas en perspectiva de género que daría su opinión para que posteriormente se analizara la procedencia o no de la declaratoria de Alerta de Violencia de Género. Asimismo, precisó enfáticamente que la investigación preliminar busca garantizar la seguridad de las mujeres víctimas de violencia y que se concreta mediante el conjunto de acciones de emergencia que el gobierno, en su caso, implementaría para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado.

Martha Lucía Mícher Camarena llamó la atención de la razón de ser de los institutos e instancias de las mujeres en las entidades federativas para defender y promover los derechos humanos de las mujeres, mismos que han costado una larga lucha de más de 30 años y llamó a no votar para incumplir la ley, sino para actuar en congruencia con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como con los Instrumentos en materia de protección de los Derechos Humanos de las Mujeres y de conformidad con la reciente sentencia dictada en 2009 por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el caso González y otras “Campo Algodonero” contra México.

La representante del Instituto de las Mujeres de la Ciudad de México aclaró que la función de las y los representantes integrantes del Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, es la de defender los derechos de todas las mujeres, al margen de consideraciones partidistas y de intereses de gobierno. De igual forma, precisó que el sentido último de la alerta es precisamente buscarque elacceso a la justicia sea eficaz y se actue con la debida diligencia para de esta manera garantizar los derechos humanos delas mujeres y niñas, es decir, facilitar -en un contexto de violencia sistemática- un mecanismo efectivo para que el Estado Mexicano cumpla con su obligación.

Cabe mencionar que el Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres está integrado por los mecanismos Estatales para el adelanto de las mujeres e Instancias del Gobierno Federal y Organismos Autónomos..

Las representantes que votaron en contra de la alerta fueron entre otros: AguaCalientes, Campeche, Coahuila, Colima, Chihuahua, Durango, Hidalgo, Guerrero, Estado de México, Michoacán,, Nuevo León, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Tamaulipas, Veracruz, Yucatán y Zacatecas; en tanto, entre quienes argumentaron su procedencia se encuentran además de este Instituto, el Instituto de la Mujer Oaxaqueña y el de Jalisco, el Instituto Nacional de las Mujeres, , la Secretaría de Gobernación, la Secretaria de Desarrollo Social, la Procuraduría General de la República, la Secretaría de Educación Pública, Secretaría de Salud y el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación y el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia; finalmente hubo dos abstenciones que corresponden a los estados de Baja California y Guanajuato.

La alerta de género, de acuerdo con la Ley de Acceso, tiene como objetivo garantizar la seguridad de las mujeres y la erradicación de la violencia en su contra. De haberse aprobado, el Gobierno del Estado de México tendría la obligación de implementar las acciones preventivas, de seguridad y justicia, para enfrentar y abatir la violencia feminicida; así como elaborar reportes especiales sobre la zona y el comportamiento de los indicadores de la violencia contra las mujeres y asignar los recursos presupuestales necesarios para hacer frente a la contingencia de alerta, entre otras medidas; sin embargo, al ser declarada como improcedente, el Gobierno mexiquense no está obligado a realizarlas, en perjuicio de las mujeres que viven o transitan por esa entidad.

Para el Instituto de las Mujeres de la Ciudad de México, la negativa de iniciar el proceso de investigación de los hechos evidenciados por las organizaciones sociales sobre la violencia feminicida en el Estado de México, constituye un agravio contra las mujeres y niñas, contra la lucha en defensa de los Derechos Humanos y con la que se perpetua la impunidad y el rezago social.
Ante estos hechos nos preguntamos ¿Cómo se puede justificar el incumplimiento de la Ley ante un panorama tan evidente de violencia sistemática para las mujeres y niñas del Estado de México? ¿Cuál es el compromiso de las y los servidores que tienen en sus manos el generar mejores condiciones de vida para mujeres y niñas? ¿Qué duelo se puede elaborar por los familiares ante la reafirmación de la impunidad y la falta de interés por erradicar esta problemática?

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